
Información y consejos sobre las visas M-1 y F-1
¿Cuál es la diferencia entre una visa F y una visa M?
Los estudiantes con visas F-1 y M-1 comparten el mismo propósito principal al venir a los Estados Unidos: completar con éxito un programa de estudios certificado por el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP). Sin embargo, los estudiantes F-1 se matriculan en programas académicos más tradicionales, mientras que los estudiantes M-1 se matriculan en programas vocacionales.
Visa F-1:
La visa F se clasifica en visas F1 y F2. Las visas F1 son utilizadas por estudiantes no inmigrantes para cursos de formación académica y lingüística. Las visas F2 son utilizadas por los dependientes de los titulares de visas F1. El cónyuge y los hijos menores de edad solteros se consideran dependientes del titular de la visa F1. Los dependientes con visa F2 deben cumplir con todos los requisitos de elegibilidad y deben presentar pruebas de que podrán sustentarse económicamente por sí mismos y de que abandonarán los Estados Unidos una vez que concluya el curso del estudiante.
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Se encuentran en un programa académico, a menudo con un plan de estudios académico básico.
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Son elegibles para vacaciones anuales.
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Pueden cambiar su especialidad o programa de estudios.
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Pueden transferirse en cualquier momento durante su programa o iniciar un nuevo programa después de completar uno.
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Pueden trabajar durante y después de su programa de estudios, con permiso.
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Puede participar en hasta cuatro tipos de trabajo, incluyendo el trabajo dentro del campus, el trabajo fuera del campus por dificultades económicas, la capacitación práctica curricular (CPT) y la capacitación práctica opcional (OPT).
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Pueden permanecer en los Estados Unidos durante la duración de su programa de estudios.
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Pueden permanecer en los Estados Unidos hasta 60 días después de la fecha de finalización de su programa o de su OPT.
Visa M-1:
La visa M se clasifica en visas M1 y M2. La visa M1 es utilizada por personas que desean realizar un curso no académico o vocacional. Las visas M2 se expiden a los dependientes (cónyuge e hijos menores de edad solteros) de los titulares de la visa M1. Los dependientes con visa M2 deben cumplir con todos los requisitos de elegibilidad y presentar pruebas de que podrán sustentarse económicamente y abandonar los Estados Unidos una vez que concluya el curso del estudiante.
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Están inscritos en un programa de formación profesional, típicamente sin un plan de estudios académico básico.
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No son elegibles para vacaciones anuales.
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No pueden cambiar su especialidad o programa de estudios.
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Solo puede solicitar el traslado dentro de los primeros seis meses posteriores a su llegada y debe presentar la solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos mediante la presentación del Formulario I-539, "Solicitud para extender/cambiar el estatus de no inmigrante."
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Solo pueden trabajar una vez finalizado su programa de estudios y con permiso.
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Pueden participar en un tipo de trabajo —la formación práctica (PT)— durante un mes por cada cuatro meses de su programa.
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Solo pueden permanecer en los Estados Unidos por un máximo de un año, a menos que soliciten una extensión.
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Pueden permanecer en los Estados Unidos hasta 30 días después de la fecha de finalización de su programa o de su PT.
Para más información, lea la página oficial de USCIS, que ofrece más detalles.
Documentos básicos requeridos:
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Pasaporte: debe tener una validez mínima de 6 meses a partir de la fecha de inicio del programa que figura en su formulario I-20. Verifique que no haya errores en su nombre, fecha de nacimiento, etc.
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Reciba su Formulario I-20 de la escuela que haya elegido y firme la página 1.
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Pague la tarifa del formulario I-901 en www.fmjfee.com . Imprima la confirmación de pago (recibo).
Solicitar una visa
Los estudiantes nuevos y los que continúan sus estudios que viajen fuera de los EE. UU. con una visa F-1 vencida o sin ella deberán obtener una visa para volver a entrar a los EE. UU. Obtenga más información sobre visas en travel.state.gov .
Para obtener una visa, es necesario asistir a una entrevista presencial en una oficina consular de los Estados Unidos, y el trámite puede tardar varias semanas. Puede obtenerla como mínimo 120 días antes de la fecha de inicio indicada en su formulario I-20. Planifique con suficiente antelación.
Programe su cita para la Visa
1. Encuentre la Embajada o el Consulado de los EE. UU. cerca de usted.
2. Complete la solicitud de visa de no inmigrante DS-160 y suba su fotografía para la visa. Imprima la página de confirmación.
3. Pague la tarifa de la cita para la visa.
4. Programe una cita para una entrevista.
Nota: Se recomienda que usted, el solicitante, realice este proceso personalmente. Recurrir a un agente puede resultar útil, pero el funcionario consular podría tener una percepción negativa de los solicitantes que dependen de él. Necesitará lo siguiente para programar su cita:
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El código SEVIS de su institución.
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Pague la tarifa obligatoria I-901 SEVIS.
Consulte las preguntas frecuentes sobre el formulario DS-160 del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Asegúrese de configurar todos sus perfiles de redes sociales como públicos (TikTok, Instagram, Facebook, X, Pinterest, Snapchat, Reddit, etc.). Debido al nuevo proceso de verificación de visas, es requisito que los funcionarios consulares verifiquen en línea la presencia de los solicitantes de visa para determinar su elegibilidad.
Documentos requeridos para la entrevista
La lista de documentos requeridos y recomendados puede variar según la oficina consular. Revise los requisitos de la embajada o consulado de los Estados Unidos que visitará antes de su entrevista y acuda preparado
Para estudiantes nuevos
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Pasaporte con una vigencia de 6 meses o más a partir de la fecha de entrada a los Estados Unidos
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Comprobante de admisión a su escuela o universidad
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Formulario I-20 firmado por el asesor de estudiantes internacionales de su institución
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Documentos que acrediten la intención de regresar al país de origen tras la finalización de los estudios
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Pruebas de apoyo financiero
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Todos los formularios y documentos del Departamento de Estado de los EE. UU. que figuran en el sitio web de la Embajada o el Consulado de los EE. UU. (tarifa de solicitud de visa no reembolsable y fotografías)
Para los estudiantes que continúan, además de los documentos mencionados anteriormente, también recomendamos
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I-20 válido con una firma de viaje válida, firmado por el asesor de estudiantes internacionales de su institución
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Expedientes académicos de todas las instituciones de los Estados Unidos
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Todos los formularios I-20 emitidos anteriormente
Los estudiantes con OPT aprobado deben traer todo lo anterior, así como
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Tarjeta de Documento de Autorización de Empleo (EAD)
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Carta de oferta de empleo del empleador / Prueba de empleo
Consejos para prepararse para la entrevista:
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Traiga todos los documentos requeridos: revise los requisitos y recomendaciones de la embajada o consulado de los EE. UU. al que asistirá.
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Sea claro y directo: la entrevista para la visa F-1 es muy breve (solo de 1 a 2 minutos). Le recomendamos que responda directamente a las preguntas que se le formulen y no proporcione información adicional.
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Demuestre estabilidad financiera: sea capaz de explicar el origen de sus fondos. Si sus padres van a patrocinarlo, sea capaz de explicar cuál es la ocupación o el negocio de su patrocinador, cuáles son sus ingresos y cómo le enviará o transferirá el dinero para cubrir los gastos de matrícula y otros gastos.
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Ten un plan: sé capaz de explicar de manera clara y concisa por qué elegiste la aviación como carrera, qué licencias y/o habilitaciones vas a obtener, qué harás después de obtenerlas (transferirte a otra institución, regreso a casa) y qué planes tienes para cuando regreses a tu país de origen. ¿Cómo te ayudarán tus estudios al regresar a tu país?
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Demuestre su intención de no inmigrar: Una razón común de las denegaciones es que el solicitante no ha convencido al oficial de su intención de no inmigrar (es decir, que usted no tiene la intención de permanecer permanentemente en los EE. UU.). El oficial buscará cualquier indicio de que usted pudiera desear permanecer en el país una vez finalizados sus estudios. Asegúrese de poder explicar y demostrar que usted NO tiene planes de quedarse en los EE. UU. de manera indefinida. Los siguientes elementos resultan útiles: Títulos de propiedad de bienes inmuebles o negocios pertenecientes a su familia; y ofertas de empleo en su país de origen para cuando regrese.
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Habla por ti mismo: Solo a ti, en calidad de solicitante, se te permitirá asistir a la entrevista. Los padres, agentes y otras personas que puedan estar allí para brindarte apoyo deberán esperar afuera. Prepárate para hablar por ti mismo.
Qué NO se debe hacer:
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No lea un guion: no memorice un guion ni la información de la escuela para leérsela al oficial. Ellos desean conversar con usted para comprender sus objetivos.
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No traiga documentos innecesarios: los oficiales solo revisarán los documentos requeridos. Cualquier documento adicional (premios, cartas de la escuela) no será revisado.
Más consejos útiles:
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Comuníquese con una oficina de EducationUSA cerca de usted para obtener más consejos.
Ciudadanos de Canadá y Bermudas:
Los ciudadanos canadienses y bermudeños no necesitan una visa F-1 para estudiar en los EE. UU. Una vez que tenga su formulario I-20 válido, presente lo siguiente en el puerto de entrada:
1. Prueba de ciudadanía canadiense/bermudeña (por ejemplo: un pasaporte canadiense/bermudeño)
2. Formulario I-20 original válido. Comprobante de pago de la tarifa SEVIS I-901.
3. Prueba de apoyo financiero
4. Prueba de vínculos con Canadá, por ejemplo, contratos de arrendamiento, contratos a su nombre, negocios familiares, empleo, etc.
Al ingresar al país, se le entregará un formulario I-94 de admisión/salida, disponible en línea. Este documento verifica su ingreso al país con una visa F-1. Si llega por vía terrestre, es posible que reciba una tarjeta I-94 física, cuyo pago podría ser necesario. Para pagar la tarifa o consultar su registro I-94, visite el sitio web del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (I-94).
Para obtener más información, visite la página de información para ciudadanos de Canadá y Bermudas del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
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